El Ejecutivo Municipal debe licitar el servicio de higiene urbana

El Ejecutivo Municipal debe licitar el servicio de higiene urbana

Los ediles capitalinos en su totalidad, despojados de sus lineamientos políticos, sancionaron en sesión virtual la Ordenanza que establece que el Departamento Ejecutivo Municipal debe convocar a licitación pública nacional para la contratación del servicio de higiene urbana.

Instan a la intendenta Bettina Romero a cumplir con los principios y disposiciones previstos en la Ordenanza N° 15.415 -Gestión Integral de Residuos Urbanos-, y en la normativa establecida en la Carta Municipal (arts. 103 y 104).

Como así también los siguientes principios: la igualdad de los oferentes, juridicidad, publicidad, formalismo, debido procedimiento previo, celeridad, economía, sencillez y eficacia en los trámites, aún en el marco de las restricciones de movilidad y presenciabilidad que impone el marco jurídico por la emergencia sanitaria; generalización, de manera que el diseño de calidad ambiental se extienda a todos los barrios de la ciudad; y Evolución tecnológica, posibilitando que durante el desarrollo de la prestación se pueda incorporar, en forma conveniente para el Municipio nuevas tecnologías.

Se establece un plazo de diez (10) días a partir de su promulgación para dar cumplimiento a lo fijado. Consignando que dicha convocatoria deberá realizarse en el marco de las opciones previstas por el artículo Nº 102 de la Carta Municipal.

En el tratamiento de la iniciativa, la edil Frida Fonseca (Salta tiene Futuro) sostuvo  que: “Este proyecto fue propuesto y consensuado por todos los concejales, lo hemos trabajado entendiendo que el Concejo Deliberante debe hacer uso de su facultad”.   “Es por eso que el cuerpo ha resuelto en función a las atribuciones que se encuentran en los artículos 102, 103 y 104 de la Carta Municipal, determinar que el DEM convoque a una licitación pública y nacional, con todas las garantías administrativas, para que todas las empresas que pueden prestar estos servicios tengan igualdad de oportunidades”, agregó. 

La Ordenanza contó con las firmas de los ediles Frida Fonseca, Romina Arroyo, Raúl Córdoba, Francisco Benavidez (todos de Salta tiene Futuro), Ángel Causarano (Un Cambio para Salta), Laura García (Frente de Todos) y José Gauffín (Juntos por el Cambio) y fue aprobada por el pleno.

La concejal  Romina Arroyo (Salta tiene Futuro) señaló en relación a los objetivos: “Estamos pidiendo que se cumpla con el artículo 102 de la Carta Municipal que dice que los servicios públicos deben llevarse adelante mediante concesiones, o a través de órganos constituidos por la Municipalidad, o en forma directa, en este caso al tratarse de una prestación en donde su costo es altísimo debe hacerse a través de una concesión”.

En otro momento, indicó que se insta también al cumplimiento de la Ordenanza 15.415 -Gestión Integral de Residuos Urbanos. “Porque nos preocupa que en el pliego el Municipio está ausente en lo vinculado al control y a la imposición de multas”. 

Acompañando lo expresado, su par Paula Benavides (Salta Independiente) manifestó: “La Carta Municipal es nuestra norma suprema y es nuestro deber hacerla cumplir y cumplirla y que no pretendan dejarla sin efecto mediante alternativas legales que estén fuera de la normativa”. 

Fuentes: Nuevo Diario Salta

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